Un repaso a algunos de los cambios más importantes de la legislación eCommerce en España que entró en vigor el pasado 13 de junio de 2014. La Ley General para la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios que salió publicada en el Boletín Oficial del Estado del 28 de marzo de 2014 y aprobada menos de tres meses después, conlleva una serie de cambios que influyen decisivamente en la manera de trabajar de una eCommerce en nuestro país.
Estos son algunos de los apartados más importantes de la citada Ley que atañen a los negocios centrados en el comercio electrónico.
Más información para el cliente
A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley, el vendedor se ha visto obligado a ofrecer más información al consumidor bajo la premisa de reforzar la protección de este último. Los aspectos que deberemos tener en cuenta para sumar más información para el cliente son las características de los productos y servicios, los plazos y procedimientos de entrega, el servicio postventa, garantías, costes de devolución o el precio.
Es concretamente este último, el precio, uno de los puntos que más cambios contiene. La nueva normativa obliga al vendedor a poner en conocimiento del usuario el precio completo del producto o servicio, impuestos y tasas incluidos. Aquellos casos en los que no sea posible calcular previamente el precio total del pedido, el dueño de la tienda online informará al consumidor de la manera en que va a calcular el precio y de todos los gastos adicionales de envío y transporte.
Con respecto a las devoluciones, hay que informar expresamente en la tienda de que el usuario tiene un plazo de 14 días para devolver un artículo. En caso de hacerse así, el usuario pasa a disfrutar de un plazo de devolución de un año y 14 días.
Legislación del botón expreso para el pago
Cuando el pedido de una tienda online implica una obligación de pago, la nueva Ley insta a colocar en la eCommerce un botón con una expresión que haga alusión clara y directa al mismo hecho del pago, como por ejemplo “pedido con obligación de pago”.
Si no se utiliza esta u otra expresión similar –“comprar ahora”, “pagar ahora”, “confirmar compra”- el consumir no está obligador a realizar ningún pago por el pedido.
Legislación de confirmación del pedido
El vendedor debe suministrarle al comprador la confirmación del pedido, así como las características y condiciones del mismo, en un soporte duradero, ya sea papel, email, DVD, SMS u otro medio similar. Aún cuando la venta tiene lugar por teléfono, enviaremos una confirmación por escrito al cliente.
Legislación sobre llamadas comerciales
Uno de los cambios que con más anhelo esperaban los usuarios no es otro que la regulación de los horarios en los que se pueden realizar llamadas comerciales. La Ley prohíbe efectuar acciones comerciales vía telefónica en días festivos, fines de semana y durante los días laborables entre las 21 y las 9 horas.
Legislación sobre el derecho de desistimiento
Otro de los puntos de la nueva normativa que presenta más cambios. El derecho de desistimiento tiene que ver con la capacidad del consumidor para dejar sin efecto un pedido y devolver el producto sin que tenga dar justificación alguna por ello. Con los cambios introducidos por la nueva Ley, el plazo obligatorio de devolución pasa de 7 días hábiles a 14 días naturales.
Además, el comprador debe recibir información precisa sobre todo lo relacionado con las condiciones de las devoluciones de productos, es decir, quien asume los gastos de devolución o en qué casos se pierde el derecho a la devolución, entre otros.
Legislación sobre el servicios de atención al cliente
El coste de las llamadas del teléfono de atención al cliente que se facilita para realizar alguna consulta sobre el contrato no puede ser superior a la tarifa básica. Una medida que trata de impedir que el vendedor se beneficie a partir de un importe adicional en la tarifa.
¿alguna duda? sólo tiene que consultarnos.